En aras de que la creación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) privadas y estatales, y de nuevas cooperativas no agropecuarias (CNA), transcurra a partir del lunes próximo de manera gradual y ordenada, el Ministerio de Economía y Planificación (MEP) ha venido realizando acciones de orientación y capacitación hacia los potenciales socios.
El 20 de septiembre entrarán en vigor los Decretos-ley 46 y 47 que regulan la constitución y funcionamiento de esos actores económicos, y desde la publicación el 19 de agosto de tales normativas en la Gaceta Oficial, bien intenso ha sido el trabajo organizativo y de aseguramiento, con la participación también de las instituciones bancarias, tributarias y notariales, entre otras.
Un canal digital con información sobre los pasos que deben emprenderse, la documentación requerida, modelos de planillas y con enlaces hacia las regulaciones jurídicas y sitios web de los organismos involucrados, ha sido la principal vía utilizada por el MEP con vistas a que la población conozca los detalles del proceso y procedimiento.
Incluso las recientes conferencias impartidas en el Canal Educativo sobre el perfeccionamiento de los nuevos actores MIPYME, su funcionamiento y alcance, además de previamente anunciarse han sido resumidas allí.
Ante un potencial de negocios de más de 600 mil licencias de trabajadores por cuenta propia, y los nuevos que pudieran surgir como MIPYME y CNA, -y en aras de evitar cualquier avalancha de propuestas- en una convocatoria inicial el referido organismo definió un grupo de actividades, de suma importancia para el país, en que se constituirían estas primeras figuras.
Se trata de la producción de alimentos, la exportación de bienes y servicios, los proyectos de desarrollo local, la economía circular o de reciclaje, y los negocios de base tecnológica; por tanto, ahora, en los comienzos, se priorizarán las solicitudes de quienes deseen crear micro, pequeñas y medianas empresas privadas y estatales, y nuevas cooperativas no agropecuarias, asociadas a esos asuntos.
En la necesaria tramitación de constitución de una MIPYME o CNA intervienen los bancos comerciales (para la apertura de cuentas de depósito a la vista y cuenta corriente); las notarías (formalización de la escritura notarial); y los registros mercantiles (en aras de realizar la inscripción en ellos), señala el propio canal de orientación.
Recientemente #Cuba informó de la aprobación por el Consejo de Ministros del perfeccionamiento de los actores de la #EconomíaCubana
— Agencia Cubana de Noticias (@ACN_Cuba) June 21, 2021
Este paso incluye a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes)#InfografiasACN aclara los principales puntos establecidos para su gestión👇 pic.twitter.com/ghLfmSRiLq
Para el ejercicio de la actividad se deberán realizar los trámites siguientes: inscripción en el Registro de Contribuyentes de las Oficinas de Administración Tributaria (ONAT) y en el Registro Central Comercial (en los casos que corresponda), así como la apertura de las cuentas corrientes en las sucursales bancarias y la solicitud de permisos y licencias en las Oficinas de Trámites (cuando se requiera).
Algunos de esos pasos se podrán hacer a partir del venidero lunes a través de la propia plataforma del MEP; por ejemplo, los referidos al Registro de contribuyentes de la ONAT, y en tal sentido no tendrán que concurrir a sus oficinas, aunque una vez inscritos el Banco notifica a los socios la fecha y hora en que deberán personarse en la sucursal correspondiente, con vistas a la firma del contrato de apertura de la cuenta corriente.
Otros trámites que podrán iniciarse a través del canal digital del Ministerio de Economía y Planificación son la solicitud del Dictamen de Uso de Suelo, para aquellos negocios cuyas actividades se ejercerán en Zonas Priorizadas para la Conservación, así como el registro de las actividades comerciales en el Registro Central Comercial.
También se ha habilitado el correo electrónico actoreseconomicos@mep.gob.cu, por el cual se ha mantenido comunicación con los interesados y se han contestado las interrogantes que han hecho llegar al mencionado organismo.
Funcionarios del MEP informaron a la ACN que hoy viernes en la Revista Buenos Días, de la televisión cubana, anunciarán el enlace de acceso a la Plataforma de Actores Económicos (PAE), por la cual a partir del lunes 20 se comenzarán a recibir desde un celular o computadora las planillas de solicitud y demás documentos exigidos.
A través de la PAE la constitución de la persona jurídica y los trámites principales ocurren a los 30 días hábiles posteriores de su llenado, según establece la Resolución 63/2021, del MEP, además de que permite comprobar en tiempo real el estado de la solicitud e indica al usuario en qué momento y lugar debe presentarse físicamente en la Notaría, en el Registro Mercantil y en el banco, entre otras ventajas.