La Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) en la provincia Pinar del Río ratifica que a nivel de país se ha trazado una serie de medidas para mantener la gestión de cobro de los ingresos derivados de obligaciones tributarias y no tributarias, teniendo en cuenta el impacto negativo que tienen los ingresos al prepuesto del Estado por los efectos de la COVID-19.
En estos tiempos excepcionales para el país, reviste gran importancia para el presupuesto del Estado el pago correcto y oportuno de todos los tributos, fundamentalmente los provenientes del sector empresarial como principal aportador.
Odalys Borges Ramos, directora de la ONAT en la provincia, informa que todos los aportes de las personas jurídicas se mantienen durante este periodo, tal es el caso de los impuestos sobre las ventas y los servicios, por la utilización de la fuerza de trabajo, la contribución a la seguridad social y la territorial para el desarrollo local entre otros tributos a los que están obligados todas las entidades y cooperativas, tanto agropecuarias como no agropecuarias, para lo cual pueden usar las distintas plataformas digitales que ofrece el banco para realizar los pagos.
La directiva advierte además que al finalizar el mes de mayo vence el término para presentar la Declaración Jurada de Ingresos no Tributarios (Rendimiento de la Inversión Estatal) por las empresas y realizar su pago correspondiente al ejercicio fiscal 2019.
De estas no haber recibido en el transcurso del mes de mayo la aprobación de su órgano superior para la creación de reservas voluntarias, podrá solicitar antes que culmine el periodo voluntario una autorización a la ONAT Municipal, para el aplazamiento de la presentación de dicha declaración por un periodo de hasta dos meses.
Informa además que todas las personas jurídicas, ante la imposibilidad de honrar sus obligaciones con el presupuesto del Estado, por falta de liquidez provocada por el perjuicio de la COVID-19, deben solicitar un aplazamiento para el pago ante las Oficinas de la Administración Tributaria, el cual se otorga sin aplicar intereses moratorios.