Guerrillero conversó con Rancés Leyva Robert, consultor jurídico en el departamento de la Tierra de la Delegación Provincial de la Agricultura en Pinar del Río, quien explicó que para poder acceder al patrimonio de un causante, la ley exige dos grandes requisitos: primero el grado de consanguineidad o afinidad; y el otro es el trabajo estable y permanente de la tierra durante cinco años antes de la muerte.